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Una deducción de hasta el 120% de los pagos que realicen por concepto de salario podrán acceder los contribuyentes que ofrezcan un ‘primer empleo’ a jóvenes entre los 18 y 28 años. Así lo anunció el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera Báez, en su visita al Quindío, luego de firmar el decreto que da vía libre a esta estrategia.

Informó que esta noticia se sustenta en el Decreto 392, con el que se reglamenta el artículo 108-5 del Estatuto Tributario, adicionado por el artículo 88 de la ya existente Ley 2010 de 2019, y que fue emitido de manera conjunta por los ministerios de Hacienda y Trabajo.

“Para tal efecto, el ministerio del Trabajo expedirá al contribuyente una certificación en la que se acredite que se trata del ‘primer empleo’ de la persona menor de 28 años, como requisito para poder acceder a la deducción”, explicó el alto funcionario, quien en Armenia firmó y socializó la Resolución 846, con la cual la cartera adopta este procedimiento.

Se considera ‘primer empleo’ cuando la persona menor de 28 años no registra afiliación y cotización como trabajador dependiente o independiente al Sistema Integral de Seguridad Social, explicó durante el encuentro regional para la reactivación del empleo y la formalización laboral, evento que se llevó a cabo en el Centro Metropolitano de Convenciones de Armenia.

Requisitos para la deducción

1. Ser contribuyente obligado a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.

2. Realizar pagos por concepto de salarios a empleados menores de veintiocho años contratados con posterioridad a la vigencia de la Ley 2010 de 2019.

3. Tratarse de nuevos empleos.

4. Ser el ‘primer empleo’ de la persona.

5. Obtener la certificación del ministerio del Trabajo en la que se acredite que es el ‘primer empleo’ de quien se contrató.

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