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Manual del ciudadano

 

LAS ACCIONES POPULARES Y DE GRUPO

Las Acciones Populares han existido desde siempre, reguladas por nuestro Código Civil; sin embargo fue la Constitución Política de 1.991 la que les dio el carácter de norma constitucional al establecer en su Artículo 88 lo siguiente:

"ART. 88.-La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad públicos, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella.También regulará las acciones originadas en los daños ocasionados a un número plural de personas, sin perjuicio de las correspondientes acciones particulares.Así mismo, definirá los casos de responsabilidad civil objetiva por el daño inferido a los derechos e intereses colectivos.** Posteriormente fue expedida la Ley 472 de 1998 por la cual fueron debidamente reglamentadas.Por Acción Popular debe entenderse el derecho que le permite a cualquier ciudadano formular demandas que tengan por objeto la protección de los intereses de la comunidad.

Derechos que protegen las Acciones Populares Protegen los Derechos e intereses colectivos.

Estos son, entre otros, los relacionados con

:a) El goce de un ambiente sano;

b) La moralidad administrativa;

c) La existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales;

d) El goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público;

e) La defensa del patrimonio público;

f) La seguridad y salubridad públicas;

g) El acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública;

h) El acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna;

i) El derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente;

j) La realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de la calidad de vida de los habitantes;

k) Los derechos de los consumidores y usuarios.

Igualmente son derechos e intereses colectivos los definidos como tales en la Constitución, las leyes ordinarias y los tratados de Derecho Internacional celebrados por Colombia.


Qué sucede una vez presentada la demanda?

Una vez presentada la demanda, es obligación del juez impulsar el proceso y dictar sentencia de mérito, so pena de incurrir en falta disciplinaria, sancionable con destitución.Trámite preferencial. Las acciones populares se tramitarán con preferencia a las demás que conozca el juez competente, excepto el recurso de Habeas Corpus, la Acción de Tutela y la Acción de cumplimiento.

Las acciones populares podrán incoarse y tramitarse en todo tiempo.


Procedencia y Caducidad de las Acciones Populares.

Las acciones populares proceden contra toda acción u omisión de las autoridades públicas o de los particulares, que hayan violado o amenacen violar los derechos e intereses colectivos.

Caducidad.

La Acción Popular podrá promoverse durante el tiempo que subsista la amenaza o peligro al derecho e interés colectivo. Cuando dicha acción esté dirigida a volver las cosas a su estado anterior, el término para interponerla será de cinco (5) años, contados a partir de la acción u omisión que produjo la alteración.


Quienes pueden ejercitar las acciones populares?

1. Toda persona natural o jurídica.

2. Las organizaciones No Gubernamentales, las Organizaciones Populares, Cívicas o de índole similar.

3. Las entidades públicas que cumplan funciones de control, intervención o vigilancia, siempre que la amenaza o vulneración a los derechos e intereses colectivos no se haya originado en su acción u omisión.

4. El Procurador General de la Nación, el Defensor del Pueblo y los Personeros Distritales y municipales, en lo relacionado con su competencia.

5. Los alcaldes y demás servidores públicos que por razón de sus funciones deban promover la protección y defensa de estos derechos e intereses.


Personas contra quienes se dirige la acción.

La Acción Popular se dirigirá contra el particular, persona natural o jurídica, o la autoridad pública cuya actuación u omisión se considere que amenaza, viola o ha violado el derecho o interés colectivo. En caso de existir la vulneración o amenaza y se desconozcan los responsables, corresponderá al juez determinarlos.


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