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EL PROCESO DISCIPLINARIO
LO QUE USTED DEBE SABER ACERCA DE UN PROCESO DISCIPLINARIO
¿Como se inicia una acción disciplinaria?
Se inicia de:
a) Oficio
b) Por información proveniente de servidor
público
c) De queja formulada por cualquier persona
d) Cualquier medio que amerite credibilidad
CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA:
La acción disciplinaria es:
a) Pública: El Estado tiene la potestad proseguir con la
acción disciplinaria y de terminarla, conforme a los trámites
y procedimiento de instancia.
b) Oficiosa: La administración pública
iniciará el proceso disciplinario sin dar espera a solicitud
o presentación de queja debe promover dicho proceso, es decir,
siempre y cuando se presenten los presupuestos normativos para iniciarla.
c) Indesistible: Una vez iniciada la acción,
ni el Estado, ni el disciplinado, ni el quejoso, ni nadie, puede
desistir de ella.
d) Indivisible: Si hay varios disciplinados dentro
de un mismo proceso, no puede excluirse a los demás y proceder
sólo contra uno de ellos, o siendo varias las acciones u
omisiones lesivas a la administración pública, ésta
no puede solamente considerar una de ellas y desechar las otras.
ETAPAS DE UN PROCESO DISCIPLINARIO:
Las etapas del proceso disciplinario son las
siguientes:
a) Indagación Preliminar
b) Investigación Disciplinaria
c) Evaluación (se archiva si no hay méritos,
o se inicia la Investigación Disciplinaria)
d) Descargos (El disciplinado puede presentar
todas las pruebas )
e) Fallo
DERECHOS DEL INVESTIGADO:
El investigado goza de los siguientes derechos:
* Conocer de la investigación
* Rendir descargos por escrito o también
puede solicitar ser escuchado
* Prácticas de pruebas solicitadas, y
su intervención en ellas.
* Impugnar las decisiones
* Designar apoderado desde el momento que tenga
conocimiento de la indagación preliminar o la investigación.
Como también tiene el derecho de solicitar copias de las
actuaciones, salvo las que por mandato Constitucional o legal, tengan
el carácter de documento reservado.
Que es una falta disciplinaria?
Es cuando un servidor público viola un
deber o incurre en una prohibición o en una incompatibilidad
inhabilidad. Conflictos de intereses o en extralimitación
o abusos de derechos y funciones.
CARACTERÍSTICAS DE LA FALTA DISCIPLINARIA:
-Que la falta haya sido cometida por un Servidor
público.
-Que esté plenamente probada dicha falta
-Que en la conducta incumpla deberes, prohibiciones,
o incurra en inhabilidades, incompatibilidades, conflictos de intereses
o en extralimitación o abuso de derechos y funciones.
-Que sea imputable al servidor a titulo de dolo
o culpa.
Si se trata de una falta grave, la investigación
será de 9 meses y si es gravísima, será de
12 meses prorrogable por otro tanto , contados a partir de la notificación
de los cargos.
CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS:
Gravísimas, Graves y Leves.
Existen muchas faltas disciplinarias, enumeremos
algunas de las faltas gravísima más importantes:
-El indebido provecho patrimonial en el ejercicio
de su cargo o de sus funciones
-Obstaculizar las investigaciones que realice
la autoridad administrativa o jurisdiccional
-El Servidor público o particular que
ejerza funciones públicas que de manera directa o por interpuesta
persona obtenga para sí o para otro incremento patrimonial
-El abandono injustificado del cargo o del servicio.
-La publicación o utilización indebida
de secretos oficiales, declarados por la Ley
-Quien realice matanza o lesión grave
a la integridad física de los miembros del grupo.
-Actuar a sabiendas de estar incurso en causales
de incompatibilidad, impedimento o conflicto de intereses.
-El no responder un Derecho de Petición,
es una prohibición de los servidores públicos, cuya
vulneración constituye falta disciplinaria dentro del termino
establecido por la Ley, pues recordemos que es un derecho fundamental
de origen constitucional, que posibilita el acceso de las personas
a las autoridades públicas y privadas y obliga a estas a
responder prontamente a lo requerido por los solicitantes.
En materia disciplinaria podemos señalar
los siguientes términos:
Indagación Preliminar: 6 meses
Investigación:
a) Falta Grave 9 meses
b) Falta Gravísima 12 meses
Evaluación 30 días (Archivo definitivo )
Descargos 10 días
Pruebas 20 días
Fallo 40 días
Pruebas de Oficio 30 días
SANCIONES:
Las sanciones principales son:
Faltas leves:
Dan lugar a la aplicación de las sanciones
de amonestación escrita con anotación en la hoja de
vida o multa hasta 10 días del salario devengado en el momento
de cometer la falta.
Faltas Graves:
Se sancionan con multas entre once y noventa
días del salario devengado al tiempo de cometerlas, suspensión
en el cargo hasta por el mismo término, o suspensión
del contrato de trabajo o de prestación hasta por tres meses.Faltas
Gravísimas: Se sancionan con terminación del contrato
de trabajo o de prestación de servicios personales, destitución,
desvinculación, remoción o pérdida de investidura.Las
sanciones accesorias son: la inhabilidad para ejercer funciones
públicas, la devolución, restitución o reparación
del bien afectado y la exclusión de la carrera administrativa.
FALLO:
Es una providencia que profiere el funcionario
competente, mediante la cual toma una decisión de fondo sobre
objeto del proceso, este puede ser sancionatorio o absolutorioEn
materia disciplinaria no existen fallos condenatorios.
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